¿Cómo calcular mi liquidación en caso de renuncia voluntaria o despido?

Si tomaste la decisión de renunciar a tu puesto de trabajo o la empresa en la que trabajas te comunicó que no renovarán contrato contigo por diversos motivos, seguramente una de tus mayores preocupaciones ahora es saber cuál será el monto total que te corresponde recibir por tu liquidación. No te preocupes, hoy, en Cambio seguro, te contamos cómo calcular tu liquidación en simples pasos: 


¿Qué incluye tu liquidación? 


Antes de contarte los pasos que debes seguir para hacer un cálculo efectivo de tu liquidación es importante que sepas que el monto puede variar en función al régimen tributario en el que se encuentra la empresa en dónde has laborado y lo que comprende este beneficio son los siguientes conceptos: el pago de tu compensación por tiempo de servicios o CTS trunca, tus vacaciones truncas y gratificaciones truncas. 


¿Cuándo se realiza el pago de la liquidación? 


Según el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), el pago de tu liquidación debe realizarse en las 48 horas siguientes después de haber sido despedido o haber renunciado a tu centro laboral, además, para poder retirar la CTS, la empresa debe entregar una carta dirigida a la entidad financiera correspondiente, asimismo, un certificado de trabajo y el certificado de retenciones de impuestos de quinta categoría. 


<< ¿Qué es la constancia de trabajo y por qué es importante? >>


¿Cómo calcular la liquidación? 


Para calcular tu liquidación, te contaremos cómo realizar el cálculo de CTS, gratificación y vacaciones truncas. Una vez que tengas estos montos, solo debes sumar todos los conceptos y de esta manera, sabrás cuánto te corresponde recibir en tu liquidación. Te lo explicamos, basándonos en un trabajador que labora en una empresa ubicada en el régimen general: 


Si un trabajador gana S/ 1800 y su tiempo de trabajo cesa a quincena de agosto del año 2022, la CTS trunca debe calcularse de la siguiente forma: 


  • Sueldo / remuneración al tiempo de cese: S/ 1800 
  • Media gratificación de julio: S/ 300 
  • Remuneración computable: S/ 2100


Tomando en cuenta que la CTS de noviembre a abril ya fue depositada, la CTS trunca debe considerar los meses de mayo, junio, julio y 15 días de agosto: 


  • S/ 2100 / 12 (meses) x 3 meses: S/ 525 
  • S/ 2100 / 12 / 30 días x 15 días: S/ 87,50 
  • CTS trunca: S/ 525 + S/ 87,50 = S/ 612.50 


Para hacer el cálculo de la gratificación trunca debes considerar el sueldo que percibiste a la fecha del cese y siguiendo el caso del trabajador que laboró hasta quincena de agosto, la gratificación se calculará de la siguiente manera: 


  • S/ 1800 / 6 meses x 1 mes completo: S/ 300  


En el caso de las vacaciones truncas, el cálculo se hace de esta forma: si trabajaste seis meses en el año, debes hacer el siguiente cálculo: 


  • Si tienes una remuneración de S/ 1800, debes dividir este importe entre 12, lo que da un resultado de: S/ 150. 


  • Si trabajaste solo 6 meses, debes multiplicar S/ 150 x 6, es decir: S/ 900.


Para calcular tu liquidación, solo debes sumar todos los importes y asegurarte de recibir el monto exacto por tus servicios. 


Eso es todo por hoy, esperamos que esta nota sea útil para ti y hayas aprendido a calcular tu liquidación aplicando estos sencillos pasos. Te invitamos a compartir este artículo con las personas cercanas a ti y leer nuestras notas relacionadas para seguir informándote.


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